SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0603/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0603/2012

Fecha: 20-Jul-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes, alegan la vulneración de sus derechos a la defensa, al debido proceso, al trabajo y a “acceder a información en forma libre”, por cuanto los demandados, miembros del Tribunal de Honor de la FEBOCAC, a través de la Resolución de 23 de agosto de 2008, resolvieron inhabilitarlos de manera definitiva para ejercer los cargos de Directores de la FEBOCAC, así como directores o funcionarios de Cooperativas de Ahorro y Crédito en todo el país; decisión que fue ratificada por la Asamblea General Ordinaria de la FEBOCAC el 11 de julio de 2009, pese a que el Tribunal de Honor no contaba con el quórum necesario, tampoco con reglamentos para su procesamiento, por otro lado no les permitieron el ingreso a la Asamblea General a objeto de presentar su apelación. En consecuencia, corresponde verificar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales de los accionantes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.