SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0612/2012
Fecha: 23-Jul-2012
1)
María Jacqueline Bascopé Gonzales, fiscal demandada, indicó que: 1) Del análisis doctrinal realizado en la Resolución de sobreseimiento se evidenció que las facturas no constituían ilícitos, al no tratarse de documentos públicos, y según informes de fiscalización emitidos por la Aduana Nacional estas quedaron anuladas; reiterando, que las facturas falsas no constituyen delito de falsedad material, ideológica ni mucho menos enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado; 2) Con relación a lo previsto por el 323 del CPP, refirió que el numeral 3 fue explicado en el tercer parágrafo del último considerando de su Resolución y respecto a la garantía del debido proceso, indicó que en el desarrollo de las investigaciones, debieron haber acudido al Juez de Instrucción en lo Penal conforme previene el art. 54.2 del CPP; 3) Acerca de la negación de solicitud de proposición de diligencias, la misma fue presentada cuando el proceso se encontraba con plazo vencido; y, 4) Respecto a la querella de estafa, la misma se corrió en “traslado” porque en la suma indicaba Ampliación de Querella, pese a que no existía otra, posteriormente formalizaron la misma por el delito de estafa cuando la causa se encontraba para la presentación del requerimiento conclusivo; solicitó denegar la tutela (fs. 164 a 165 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó”
- II.1.
- II.3.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Valoración de pruebas
- “…los actos de investigación que son parte de la etapa preparatoria, pues en ésta los fiscales son autónomos y están libres de toda censura y revisión por parte de esta jurisdicción en su opinión sobre disponer el sobreseimiento o el rechazo de la querella, dado que esta decisión supone la compulsa de elementos probatorios respecto a la comisión del hecho denunciando como también de la intervención de la parte imputada en el mismo; consiguientemente, la valoración de los elementos de prueba recogidos en cuanto al fondo de la investigación por parte del director de la investigación está exenta de una nueva compulsa en esta jurisdicción”
- III.3. El deber del fiscal de fundamentar los requerimientos de sobreseimiento
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR