SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2012

Fecha: 23-Jul-2012

I.2.3.

El abogado de Juan Mario Rojo Flores, tercer interesado, señaló: que, se vulneraron sus derechos, ya que en la demanda ejecutiva no existía citación formal, dictándose sentencia favorable para el ejecutante; la misma que fue objeto del recurso de apelación y resuelto por el referido Auto de Vista, fundamentando que el fallo no puede basarse en un mandamiento de embargo; asimismo, indicó que las publicaciones de edictos vulneraron el procedimiento civil por estar fuera de plazo, concluyendo que el “recurso de acción de amparo” según el art. 74 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP) no procede contra actos consentidos libres, pidiendo “la improcedencia del recurso”.