SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2012
Fecha: 23-Jul-2012
II.7.
II.7. Resolución 17/2010 de 17 de abril, dentro del proceso seguido por Jorge Ronald Limpias Pinto, Jaime Mauricio Limpias Pinto, Dalcy Pinto Montero de Limpias, Luis Alberto Limpias Pinto y Elar Limpias Pinto, herederos de Modestino Limpias Roca, contra Juan Mario Rojo Flores, dictada por el Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial, que declaró: 1) Probada la demanda ejecutiva de fs. “5 a 6” y memorial de apersonamiento de los herederos y ratificación de demanda ejecutiva de fs. “8 y vta.”; y, 2) Condenó al ejecutado Juan Mario Rojo Flores, pagar a favor de los herederos del ejecutante Modestino Limpias Roca la suma de $us67 404.- de capital, intereses, costas, daños y perjuicios (fs. 191 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.3.
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica y alcance
- III.2. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así:
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR