Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2012
Fecha: 23-Jul-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por sí y por sus representados, alega que el Auto de Vista 236/2011 que anuló la Resolución 17/2010 de 17 de abril, en el proceso ejecutivo, vulneró la garantía del debido proceso y el principio de seguridad jurídica, al existir en dicho fallo actos ilegales e indebidos y que por un error del juez de origen, se consignó erróneamente en la parte resolutiva de la Resolución anulada la referencia de “fs. 8”, -siendo lo correcto fs. 21-, que correspondía a un mandamiento de embargo y no al apersonamiento y ratificación de la demanda ejecutiva.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.3.
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica y alcance
- III.2. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así:
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR