SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0625/2012
Fecha: 23-Jul-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público y el Banco BIDESA S.A. en liquidación, representado por José Meruvia Villarroel, por la supuesta comisión de los delitos de falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado en certificado médico, previstos y sancionados por los arts. 199 y 203 del Código Penal (CP), la Sala Penal Primera de la Corte Suprema -ahora Tribunal Supremo- de Justicia, pronunció el Auto 232 de 7 de marzo de 2007, dejando sin efecto la Resolución de amparo constitucional 192/2007 de 2 de agosto; a cuya consecuencia, la causa pasó a conocimiento del Tribunal Segundo de Sentencia Penal del departamento de La Paz, ante el cual planteó las excepciones de prescripción y extinción de la acción penal, las mismas que en lugar de haber sido resueltas de conformidad a lo determinado en la SC 0018/2006-R de 9 de enero, el referido órgano colegiado pronunció la Resolución 100/2008 de 12 de marzo, declinando competencia a la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, conformada por los Ministros demandados, quienes sin pronunciarse sobre la admisión o rechazo de la aludida declinatoria, directamente procedieron a resolver las excepciones descritas, declarando no haber lugar a la extinción de la acción penal mediante Auto Supremo 587 y rechazando la excepción de prescripción de la acción penal a través de Auto Supremo 588 de 11 y 12 de diciembre de 2009, respectivamente.
A través de Auto Supremo 594 de 23 de diciembre de 2009, la misma instancia resolvió el recurso de casación interpuesto por el accionante, declarándolo infundado, sin haber tramitado a las partes ni mucho menos pronunciado previamente resolución sobre la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, la misma que es de previo y especial pronunciamiento, quedando pendiente de resolución hasta la fecha de interposición de la acción tutelar.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional.
- III.2.Sobre el efecto vinculante de las sentencias constitucionales
- III.3. En cuanto a los Fiscales de Materia señalados como terceros interesados por el accionante
- III.4.Análisis del caso concreto
- APROBAR