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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2012

    Fecha: 23-Jul-2012

    i)

    Por lo que dispuso: i) Cesación inmediata de los actos de violencia en contra del ahora accionante; ii) Restitución del inmueble que le sirve de vivienda a favor del accionante; y, iii) Respecto a los demandados, por la “temeridad manifiesta” (sic), sancionarlos pecuniariamente, en calidad de multa de Bs500.- (quinientos bolivianos), a favor del Tesoro Judicial.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • concediendo
    • i)
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.14.
    • II.16.
    • II.17.
    • II.18.
    • II.20.
    • II.21.
    • II.23.
    • II.25.
    • II.26.
    • II.27.
    • II.28.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.  Derecho a la propiedad privada
    • III.3.
    • III.4.   Las medidas de hecho y los requisitos para su procedencia.
    • III.5

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