Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2012
Fecha: 23-Jul-2012
II.26.
II.26. Fotocopia del Certificado de Propiedad emitido por DD.RR., el cuál establece que el bien inmueble fue transferido mediante documento privado de 27 de marzo de 2009, reconocido ante la Notaria de Segunda Clase de Tiquipaya y registrado en las oficinas de DD.RR. bajo la matrícula computarizada “3.09.3.01.0004088” de 14 de abril de 2009, a nombre de Segundino Guizada Rocha y Gabriela Amurrio de Guizada (fs. 176).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concediendo
- i)
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.20.
- II.21.
- II.23.
- II.25.
- II.26.
- II.27.
- II.28.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Derecho a la propiedad privada
- III.3.
- III.4. Las medidas de hecho y los requisitos para su procedencia.
- III.5