Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2012
Fecha: 23-Jul-2012
II.23.
II.23. Fotocopia de la minuta de transferencia de un lote de terreno ubicado en la zona Linde, manzana 124, lote 15, tercera sección municipal de la provincia de Quillacollo del departamento de Cochabamba, registrado a fojas y partida 3337 del libro de primero propiedad de la provincia Quillacollo de 26 de julio de 1994, señalando como propietarios a Felix Coca Almanza y Angelica Magaly Villegas Aliaga a favor de Segundino Guizada Rocha y Gabriela Amurrio de Guizada -hoy codemandados-, de 27 de marzo de 2009 (fs. 132 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concediendo
- i)
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.20.
- II.21.
- II.23.
- II.25.
- II.26.
- II.27.
- II.28.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Derecho a la propiedad privada
- III.3.
- III.4. Las medidas de hecho y los requisitos para su procedencia.
- III.5