SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2012
Fecha: 23-Jul-2012
II.18.
II.18. Fotocopia simple del testimonio 70148 de inscripción de propiedad de 14 de abril de 2009 a favor de Segundino Guizada Rocha y Gabriela Amurrio de Guizada, del lote de terreno que tiene la extensión superficial de 1 282,27 m2, aprobado por la Alcaldia Municipal de Tiquipaya, mediante Resolución Técnica Administrativa (R.T.A.) 118/2009 de 26 de marzo de 2009, con una extensión útil de 1 232,77 m2, ubicado en la zona de Linde, manzana 124, Lote 15, comprensión de Tiquipaya, tercera sección Municipal de la provincia Quillacollo del departamento de Cochabamba, “debidamente registrado a Fs. y Ptda. Nº 3337 del Libro de Primero Propiedad de la Provincia de Quillacollo, en fecha 26 de Julio de 1.994 “ (sic) (fs. 96 a 97).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concediendo
- i)
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.20.
- II.21.
- II.23.
- II.25.
- II.26.
- II.27.
- II.28.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Derecho a la propiedad privada
- III.3.
- III.4. Las medidas de hecho y los requisitos para su procedencia.
- III.5