SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0637/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0637/2012

Fecha: 23-Jul-2012

c) Subsistema de Disposición de Bienes

            ARTÍCULO 13.- (RESPONSABLE DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN EN LICITACIONES PÚBLICAS - RPC). El Responsable del Proceso de Contratación en Licitaciones Públicas - RPC, es el servidor público designado con Resolución expresa por la MAE, para realizar el proceso de contratación en obras, bienes y servicios.

            ARTÍCULO 14.- (RESPONSABLE DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN DE APOYO NACIONAL A LA PRODUCCIÓN Y EMPLEO - RPA). El Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo - RPA, es el funcionario público designado con Resolución expresa por la MAE para realizar el proceso de contratación en la modalidad de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo en obras, bienes y servicios.

            ARTÍCULO 41.- (CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN TEMPORAL Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN). El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido por el RPC o RPA mediante Resolución expresa administrativa, técnica y legalmente motivada, hasta antes de la suscripción del contrato. La Resolución expresa deberá ser publicada en el SICOES y opcionalmente en otro medio de comunicación. La entidad convocante en estos casos no asumirá responsabilidad alguna respecto a los proponentes afectados por esta decisión.

            La cancelación procederá cuando exista un hecho de fuerza mayor y/o caso fortuito irreversible que no permita la continuidad del proceso, se hubiera extinguido la necesidad de contratación porque la ejecución y resultados dejan de ser oportunos ó surjan cambios sustanciales en la estructura y objetivos de la entidad” (las negrillas son nuestras).