Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0637/2012
Fecha: 23-Jul-2012
I.3. Consideraciones de Sala
Por mandato de las normas previstas por el art.20.I y II de la ley de 212 de 23 de diciembre de 2011; la Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, conformó la Sala Liquidadora Transitoria, posesionando a los Magistrados de la misma, el 15 de febrero de 2012, a objeto de la liquidación de las acciones tutelares ingresadas al os Tribunales de garantías hasta el 31 de diciembre del 2011, en el marco de la ley 1836 de 1 de abril de 1998. Con la referida competencia, se procedió al sorteo de la presente causa, dictándose Resolución dentro el plazo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El amparo constitucional frente a los actos libre y expresamente consentidos
- c) Subsistema de Disposición de Bienes
- III.4. Precisiones pertinentes del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública
- III.6. Análisis del caso concreto
- denegar
- APROBAR