Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0025/2012-RCA-SL
Fecha: 17-Ago-2012
I.3. Petitorio
Solicita se admita y conceda la acción de amparo constitucional y se disponga la anulación de la omisión de establecer una fecha específica por el Tribunal Supremo Electoral para la realización de la elección de Alcalde de la ciudad de Sucre en la gestión 2011, ordenando al Tribunal antes referido proceda a emitir la convocatoria en fecha determinada, considerando el plazo de ciento cincuenta días exigido por el art. 94.I de la Ley 026, a efecto de realizarse el acto de votación o sufragio y se elija a la autoridad municipal.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- II.3. Improcedencia de la acción de amparo constitucional por falta de nexo causal entre la exposición de los hechos, los derechos reclamados y el petitorio
- Exposición clara y precisa de los hechos (art. 97.III de la LTC)
- Precisar los derechos o garantías que consideren suprimidos o amenazados (97.IV de LTC)
- Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados. (art. 97.VI de la LTC)
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR