AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2012-RCA-SL

Fecha: 17-Ago-2012

II.7. Análisis del caso concreto

        El Tribunal de garantías pronunció la Resolución, admitiendo la acción para posteriormente rechazarla in limine con argumentos de fondo, entrando a realizar una compulsa de los antecedentes que dieron lugar a la interposición de la acción de amparo, sin fundamento claro y preciso. Al respecto la SC 0421/2003-R de 2 de abril, establece que: “…importa un desconocimiento total de las normas que rigen el procedimiento del amparo, dado que conforme a las normas que se han citado, después de ser admitido el recurso sólo puede ser resuelto declarándose la procedencia o improcedencia del mismo, por consiguiente concediéndose o negándose la tutela, pero no puede ser rechazado y menos con fundamentos de fondo, pues de hacerlo debió ser en forma oportuna…”.