SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2012

Fecha: 02-Ago-2012

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

El abogado y apoderado legal del Director Departamental de la FELCC, codemandado, negó las aseveraciones realizadas y sostuvo que: “se ha formalizado una denuncia en virtud de los arts. 284, 288 y 289 del C.P.P., ingresa al sistema la denuncia signada con el caso 1203236 y es a partir de allí que de manera inmediata y conforme al procedimiento -se informa- al Sr. Fiscal”. Asimismo, señaló que la Policía Nacional respeta la propiedad privada, que las acciones realizadas por sus representados fueron bajo dirección del Fiscal, cuando esta autoridad dispuso se ponga en libertad a los detenidos, orden que se ejecutó al día siguiente, no así en el acto, porque el Director Departamental se había retirado a su domicilio por ser hora avanzada. Solicitó se niegue la tutela impetrada.