SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2012

Fecha: 02-Ago-2012

III.1. Finalidad y naturaleza jurídica de la acción de libertad

         El art. 125 de la CPE, estatuye: “Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer la Acción de Libertad y acudir, de manera oral o escrita, por sí o por cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal, ante cualquier juez o tribunal competente en materia penal, y solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad”.

         Del precepto constitucional mencionado, así como de lo previsto por los arts. 22 y 23.I de la Norma Suprema, se advierte que la finalidad de esta acción no es otra que proteger la libertad física y el derecho a la vida de las personas, contra actos ilegales y arbitrarios de autoridades o personas particulares, que apartándose de las previsiones constitucionales y de la normativa legal, con abuso de autoridad y sin considerar que la vida y la libertad son los derechos más preciados que tienen los seres humanos, las lesionan; cuando, el Estado, tiene el deber de respetarlas y protegerlas y no abusar del poder que ostentan. De ahí que, la SC 0011/2010-R de 6 de abril, estableció: “La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal, sea disponiendo el cese de la persecución indebida, el restablecimiento de las formalidades legales y/o la remisión del caso al juez competente, la restitución del derecho a la libertad física, o la protección de la vida misma, motivo por el cual se constituye en una acción tutelar preventiva, correctiva y reparadora de trascendental importancia que garantiza como su nombre lo indica, la libertad”.