Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2012
Fecha: 02-Ago-2012
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Elías Fernando Ganam Cortez y Félix Peralta Peralta, Vocales de la Sala Penal Segunda, presentaron informe cursante a fs. 28 y vta., manifestando que: Dentro del proceso caratulado “MP” a instancia de Evarista Chambi contra Buenaventura Quispe Marín, por el delito de abuso deshonesto, se dictó Auto de Vista 32/2012 de 2 de abril, el cual se halla debidamente fundamentado conforme establece el art. 124 del CPP, con relación al supuesto derecho vulnerado, habiendo hecho una correcta valoración con relación a los aspectos esgrimidos por las partes y la Resolución apelada, adecuando su conducta a la Constitución Política del Estado y las leyes, por lo que se remiten a dicha Resolución.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- 1)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. De los limites y alcances en la valoración de la prueba del Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.3.
- APROBAR