SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2012

Fecha: 02-Ago-2012

II.4.

II.4.  La Sala Penal Segunda por Resolución 32/2012 de 2 de abril, en grado de apelación confirmó el fallo 02/2012 pronunciado por el Tribunal Cuarto de Sentencia Penal, con el argumento de que el ahora accionante, ante el Tribunal ad quem, no ha demostrado que el a quo haya dado una mala o incorrecta aplicación o valoración a todos los elementos presentados por la parte apelante a efectos de lograr la cesación a su detención preventiva, sino ha hecho una valoración integral de todos los elementos y ha determinado la concurrencia aun de los presupuestos legales establecidos en el art. 233.1 y 2 del CPP; es decir, la probabilidad de la autoría traducida en una sentencia condenatoria y, además, la concurrencia de los riesgos procesales de fuga y obstaculización previstos en los arts. 234 y 235 del CPP, más aún tratándose de que existe una condena de veinte años de privación de libertad contra el hoy accionante (fs. 4 a 5 vta.).