SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0670/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0670/2012

Fecha: 02-Ago-2012

a)

Gino Gonzalo Martínez Guzmán, Fiscal de Distrito a.i., presentó informe escrito a fs. 35 y vta., en el que indicó que: a) Los accionantes en su memorial de demanda denuncian que están siendo perseguidos; empero, en ningún momento señalan que su persona les estuviese buscando, por lo que fue deliberadamente interpuesto contra él; b) Su afirmación es ambigua al señalar que supuestos funcionarios de la FELCC y del Ministerio Público los buscaba; no demuestran con prueba fehaciente literal u otra que se encuentren perseguidos ilegalmente; c) Debieron acudir primeramente ante el Juez de Instrucción en lo Penal, y en la emergencia de que dicha autoridad no haga valer sus derechos recién podrán interponer la acción de libertad; y, d) De acuerdo al art. 40 de la LOMP, no tiene atribución para perseguir a terceras personas, aspecto que no fue demostrado por los accionantes, siendo los Fiscales de Materia los directores funcionales de cualesquier investigación, únicas autoridades que pueden expedir mandamientos de citación u otros y requerir aprehensiones.