Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0685/2012
Fecha: 02-Ago-2012
concedido
Por lo señalado precedentemente, se constata que el caso planteado se encuentra dentro de las previsiones y alcances establecidos por el art. 128 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías, al haber concedido la tutela solicitada, aunque con otro fundamento, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales del caso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. La acción de amparo constitucional y su configuración constitucional
- III.2. El derecho a la seguridad social y su especial protección en la Constitución Política del Estado
- III.3. La excepción al principio de subsidiariedad de la acción amparo constitucional tratándose del derecho a la seguridad social
- III.4. Incumplimiento o mora en transferencia de aporte por el empleador a las AFP'S, no puede afectar derechos de los trabajadores
- III.5. El principio de la seguridad jurídica
- III.6.
- concedido
- APROBAR