Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0687/2012
Fecha: 02-Ago-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega la vulneración de los derechos y garantías al debido proceso, a la no discriminación, a recibir educación y a la igualdad jurídica; indicando que los demandados, José Marcial Almanza Pérez, Director Nacional de Instrucción y Enseñanza y, Rector de la Universidad Policial; y Oscar Chávez Rueda, Director y Presidente del Consejo Académico de la ANAPOL, desestimaron su solicitud de reincorporación a la referida institución, con el argumento que no cumplía con la edad permitida y que su presentación fue extemporánea.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional: Naturaleza jurídica y alcance
- III.2.1. Con relación al debido proceso
- III.2.2. Respecto a la no discriminación
- III.2.3. Derecho a la educación
- III.2.4. Sobre el derecho a la igualdad
- III.3. Normativa del Sistema Educativo Policial
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR