Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2012
Fecha: 13-Ago-2012
2º Llamar la atención
2º Llamar la atención a la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, Julia Parra Condori, por la negligencia demostrada en la tramitación de la causa penal objeto de la presente acción. Asimismo, se dispone, remitir antecedentes al Consejo de la Magistratura, para la investigación por la retardación de los procesos a cuyo cargo se encontraba la autoridad judicial demandada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
- III.2. Protección constitucional del derecho a la vida y al niño
- será excepcional.
- Fragmento 14
- III.4.1. En cuanto a la Jueza demandada
- retardare un acto propio de sus funciones
- III.4.2. Con referencia a la Fiscal de Materia
- 2º Llamar la atención