SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2012
Fecha: 13-Ago-2012
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La accionante por medio de sus abogados patrocinantes ratificó en su integridad la demanda incoada y ampliando sus argumentos, indicó que la Fiscal de Materia --ahora codemandada- no respetó los derechos de su hijo de cinco meses; de la misma forma, la Jueza que conoce el caso, no valoró objetivamente las pruebas, atentando contra el derecho a la vida del menor con el argumento de que no se tenía certeza de su edad, debiendo aplicar la duda razonable al no constar sus documentos. Asimismo, el abogado de la accionante denunció que, se constituyó a las celdas de su clienta, donde presenció in fraganti a la Fiscal de Materia codemandada, amenazándola, indicando que: “…si no devuelve el lote va tomarle declaración, va imputar y mandar a obrajes”; promesa hecha y cumplida.
Afirma haber reclamado indicando que: “no puede obtener declaración por medios coercitivos”, por lo que interpuso recusación. La Fiscal, en ningún momento convocó a la declaración informativa, pero hace aparecer un acta de suspensión donde solamente firma ella, cuando lo correcto era que llame a los abogados de la Defensa Pública para dar fe de la supuesta negativa de la actora, la citada Fiscal imputándole falsamente diciendo que es una ‘delincuente habitual’, cuando su defendida había salido de una intervención quirúrgica “Cesaria” (sic), y no le permitieron sacar fotografías de estos abusos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
- III.2. Protección constitucional del derecho a la vida y al niño
- será excepcional.
- Fragmento 14
- III.4.1. En cuanto a la Jueza demandada
- retardare un acto propio de sus funciones
- III.4.2. Con referencia a la Fiscal de Materia
- 2º Llamar la atención