Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0705/2012
Fecha: 13-Ago-2012
II.8.
II.8. Mediante criterio jurídico dirigido al Director del SEDUCA, el Asesor Jurídico de esta institución hizo conocer que toda la documentación presentada por los accionantes debe ser remitida ante el Director Distrital de Educación en virtud de ser esa autoridad competente, para resolver el problema a la brevedad posible en razón a la jurisdicción (fs. 38 a 39).