Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0705/2012
Fecha: 13-Ago-2012
III.1.1. Derecho a la vida
Del mismo modo, se tiene la línea jurisprudencial que expresa en la SC 1649/2011-R de 21 de octubre: “El derecho a la vida es el bien jurídico más importante de los consagrados en el orden constitucional, previsto por el art. 15.I de la CPE, fue definido por la jurisprudencia de este Tribunal en la SC 0687/2000-R de 14 de julio, como: ‘… el derecho de toda persona al ser y a la existencia, siendo su característica esencial la base para el ejercicio de los demás derechos. Es decir, la vida misma es el presupuesto indispensable para que haya titularidad de derechos y obligaciones. Es un derecho inalienable de la persona que obliga al Estado en dos sentidos: su respeto y su protección…".