SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0731/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0731/2012

Fecha: 13-Ago-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

La accionante manifiesta que, es propietaria de un lote de terreno ubicado entre el sexto y séptimo anillo, unidad vecinal 332 de la zona noroeste de Santa Cruz de la Sierra, mismo que cuenta con una extensión de 29 182,70 m2, inscrito en el registro de Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matrícula computarizada 7.01.1.06.0075617 de 7 de febrero de 2008. 

Frente a este hecho ilegal, se constituyó en el lugar con resguardo policial, observando que los avasalladores oscilaban entre veinticinco a treinta y cinco personas, quienes manifestaron que ingresaron al terreno de su propiedad por instrucción de sus dirigentes, rehusándose a dar los nombres de los mismos. Dichos avasalladores habrían procedido a abrir calles con maquinaria pesada, cortando alambrados y destruyendo postes. Por tal hecho, presume que se trataría de un loteamiento planificado con el fin de apropiarse de sus terrenos.