SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2012

Fecha: 13-Ago-2012

i)

El abogado de Roberto Rojas Vela, tercero interesado, en audiencia señaló: i) El Tribunal de garantías emitió una Resolución, por la cual se rechazó in limine la acción de amparo, pero el Tribunal Constitucional dispuso su admisión para escuchar sus fundamentos, pero al presente no se ha escuchado ninguna alteración, como ningún otro fundamento, respecto de los fundamentos escritos; ii) En todo el contenido de la acción de amparo constitucional, se menciona solamente a Roberto Rojas Vela, como la única persona que interviene en el proceso penal, cuando en el contenido se nombran a otras personas, como la Mutual La Paz e incluso víctimas múltiples; iii) Se han referido al documento privado de 1997, que firmó el tercero interesado, pero se olvidaron mencionar "que en su cláusula quinta es por dos años" (sic), y en sus fundamentos la Jueza de la causa, estableció que el plazo no se había vencido; entonces, no se puede hablar de delitos instantáneos o permanentes; y, iv) Cuando, el accionante interpuso la acción, se dictó la correspondiente Resolución, pero se planteó el recurso de apelación contra el Auto emitido por la Jueza de la causa y solamente se apeló la Resolución principal.