Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0774/2012
Fecha: 13-Ago-2012
acción de libertad
En revisión la Resolución 012/2012 de 29 de mayo, cursante de fs. 23 a 25, pronunciado dentro de la acción de libertad interpuesta por Willard Moya Aguirre en representación sin mandato Dionicia Máxima Román Viza contra Orlando Rojas Alcón, Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.2. Del acta de audiencia de 23 de febrero de 2012, para la consideración de la cesación a la detención preventiva
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Validez, jerarquía normativa, obligatoriedad y transversalidad de los principios constitucionales
- III.3. En cuanto a la observancia del principio de celeridad en la tramitación de solicitudes de cesación a la detención preventiva
- lo cual amerita que la frase 'plazo razonable', tratándose de señalamientos de día y hora de audiencia para considerar este beneficio, debe ser conceptuada como un término brevísimo, de tres días hábiles como máximo,
- III.4.Análisis del caso concreto
- 10 días;
- APROBAR