SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0779/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0779/2012

Fecha: 13-Ago-2012

a)

El abogado de la parte accionante, en audiencia amplió el memorial de acción de libertad, bajo los siguientes fundamentos; a) La presente acción emerge  de un proceso penal instaurado en su contra ante el Juez cautelar, quien dispuso medidas sustitutivas a la detención preventiva; frente a esta determinación, tanto su persona como la Fiscal de la causa interpusieron recurso de apelación, siendo conocida y resuelta por los Vocales ahora demandados, quienes revocaron las medidas sustitutivas disponiendo su detención, sin una debida fundamentación de hecho ni de derecho, estableciendo que en el cuaderno investigativo no existía un registro domiciliario emitido por autoridad competente del Brasil, sin haber valorado que el accionante tiene domicilio en el país en su condición de médico; y por motivos laborales también señaló su domicilio provisorio en la República Federativa del Brasil; y, b) No se consideró que Regis Germán Richter Alencar es una autoridad pública y si no tuviera domicilio, ya hubiera sido inhabilitado como Alcalde; razón por la cual, solicitó que se declare procedente la presente acción tutelar.