SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0800/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0800/2012

Fecha: 20-Ago-2012

a)

Robert Edwin Pérez Rosso y Wálter Taboada Aspeti, expresaron a través de su abogado, que: a) De todo lo escuchado se infiere que se habría vulnerado el debido proceso, pero el art. 54 del Código de Procedimiento Penal (CPP), establece que los jueces de instrucción serán competentes para el control de la investigación conforme a los deberes emanados, b) La accionante no ha podido demostrar la violación de derechos de los supuestos hechos que refiere, y; c) Por estas circunstancias solicitaron se “rechace” la tutela y sea con costas.