Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2012
Fecha: 20-Ago-2012
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 22/2012 de 12 de marzo, cursante de fs. 145 a 146 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Walter Zabala Coaquira en representación de ZABIM S.R.L. contra Marlene Ardaya Vásquez, Presidenta Ejecutiva a.i., José Blacud Morales, Gerente Regional y Armando Sossa Rivera, Administrador de Aduana Interior -ambos de La Paz-, todos de la Aduana Nacional de Bolivia; y Roberto Siles Beizaga, Reynaldo Quisberth, Ronald Parra y Germán Paco, funcionarios del Control Operativo Aduanero (COA).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de los demandados
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.7.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.2. Sobre el derecho de petición y su afectación
- i) La respuesta no se pone en conocimiento del peticionario
- a)
- d)
- III.3.2. Respecto de los derechos al trabajo, al comercio y al debido proceso
- APROBAR