SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2012

Fecha: 20-Ago-2012

d)

Como se puede observar fueron varios los memoriales presentados y si bien la apoderada de la Gerencia Regional de La Paz, en audiencia pública de acción de amparo constitucional de 6 de marzo de 2012, en su calidad de representante de la Aduana Nacional de Bolivia, aseveró que las peticiones realizadas por el accionante, fueron remitidas mediante las hojas de ruta respectivas y que por mecanismos internos de la institución se efectúa su procesamiento; es decir, la Presidenta de la Aduana remitió a la Gerencia Regional los mismos; el Gerente Regional al Administrador y este último al Técnico Aduanero, aquella actuación y todo trámite posterior no puede considerarse de manera alguna como una respuesta formal y material, que es lo que estaba esperando el ahora accionante, ya que la tramitación referida no se puso en su conocimiento, por lo cual las autoridades administrativas de la Aduana Nacional de Bolivia, lesionaron su derecho de petición.