SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2012
Fecha: 20-Ago-2012
I.2.3 Intervención del representante del Ministerio Público
La autoridad fiscal, manifiesta que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, a través de sus regionales tiene una competencia limitada para conocer un determinado asunto y dentro del trámite sorprende al Ministerio Público, toda vez que se emite una Resolución de reincorporación laboral y paralelamente ha intervenido en visar las cartas de preaviso. En cuanto a Mauricio Aguirre Mendoza debe considerarse el art. 48.II de la CPE, que establece la continuidad y estabilidad laboral, lo que no debe olvidarse sobre el proteccionismo del indubio pro operario que beneficia al trabajador, ya que la Ley Fundamental garantiza a las mujeres embarazadas y esposas de los empleados, que deben tener una inamovilidad funcionaria por el lapso de un año; efectivamente la esposa de Mauricio Aguirre Mendoza se encuentra en gestación, por lo que corresponde la reincorporación a su fuente laboral de este
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- I.2.3 Intervención del representante del Ministerio Público
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. En cuanto al derecho al trabajo
- III.3. De las reformas legales en materia laboral
- III.4. Sobre la inamovilidad laboral de los progenitores
- III.5. Análisis de caso concreto
- APROBAR