SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2012
Fecha: 20-Ago-2012
III.4. El principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas con la libertad
Entre los principios que rigen la administración de justicia y sobre el cual se fundamenta la jurisdicción ordinaria, está la celeridad art. -178.I de la CPE-, en virtud al cual, el órgano jurisdiccional está compelido a imprimir la prontitud debida en la tramitación de los actos procesales vinculados con la libertad, con la finalidad de hacer efectivo el mandato constitucional previsto en el art. 115 de la referida norma, respecto del acceso a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, así como brindar tutela jurisdiccional efectiva. En otros términos, implica otorgar certeza en la tramitación de las causas vinculadas con la libertad, respecto del cumplimiento de los plazos establecidos en el ordenamiento jurídico y concretamente en la Ley adjetiva penal.
- I.1.1.
- I.1.2. Derechos garantías supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El Derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- III.1.3. Sobre las formas de resolución de las acciones de libertad
- Fragmento 11
- III.2. Del
- lo establecido en el art. 245, en sentido de que la libertad sólo se hará efectiva luego de haberse otorgado la fianza, sólo puede ser aplicado a los supuestos en que el imputado hubiera estado detenido preventivamente en virtud a una resolución judicial debidamente fundamentada, y en forma posterior se le concede la cesación de su detención, sustituyéndola con una fianza real, por presentarse alguno de los casos establecidos en el art. 239 del CPP
- Cuando no se reúnen estos supuestos, se ha determinado que lo que corresponde a la autoridad judicial es ordenar la libertad de quien se encuentra aprehendido por orden fiscal y concederle un plazo razonable para el cumplimiento de las medidas sustitutivas a la detención preventiva que le fueron impuestas
- III.4. El principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas con la libertad
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- III.5. Análisis del caso concreto
- en el efecto no suspensivo
- 2° Disponer