SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0826/2012
Fecha: 20-Ago-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan que la autoridad jurisdiccional demandada vulneró sus derechos al debido proceso y a la defensa, toda vez que dentro del proceso penal que a querella del Alcalde de Villa Serrano inició contra otra persona, se amplió la imputación formal contra ellos, por la presunta comisión de los delitos de uso indebido de influencias, resoluciones contrarias a la constitución y a las leyes e incumplimiento de deberes, contra la que plantearon incidente impugnatorio por defectos absolutos, que fue rechazado, resolución que fue objeto de apelación incidental, instancia en la cual se anuló obrados disponiendo que el Juez a quo dicte una nueva resolución debidamente fundamentada y pronunciándose sobre todos los puntos apelados, fallo en cuyo cumplimiento se emitió Auto Interlocutorio rechazando el incidente contra el que interpusieron apelación incidental que fue declarada inadmisible por cambio de la línea jurisprudencial, mediante Auto de Vista emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca. De esta manera la Resolución del Juez a quo, vulneró sus derechos fundamentales invocados. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de
- III.2. De la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.3. Los incidentes de nulidad son susceptibles del recurso de apelación incidental
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR