SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0832/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0832/2012

Fecha: 20-Ago-2012

II.2.

II.2.  Wilson Jalil Jimenez, ahora accionante, por memorial de 7 de septiembre de 2011, solicitó la declinatoria de competencia con el argumento que su domicilio no se encuentra ubicado en la calle Sucre 540, sino en el Km. 6 de la avenida Blanco Galindo, al norte cuatro cuadras, Urbanización Sausalito, avenida Gualberto Villarroel, frente a la Unidad Educativa Sausalito, que corresponde a la jurisdicción de Colcapirhua, quinta Sección de Quillacollo, amparando su solicitud en los arts. 3 inc. 1), 9, 10 y 13 del CPC; y, 12 y 13 de la Ley Organización Judicial abrogada (LOJabrg.), por lo que pidió la declinatoria de competencia por razón de territorio y se remita el proceso ante el juez competente de la ciudad de Quillacollo (fs. 4 y vta.).