Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0855/2012
Fecha: 20-Ago-2012
a)
De lo anotado, se deduce que la acción de libertad conlleva principalmente los siguientes caracteres: a) Preventivo; por cuanto, tiende a evitar la consumación de una lesión a producirse; b) Correctivo, porque intenta evitarse que se agraven las condiciones en que se mantiene a una persona detenida; y, c) Reparador, si ataca una lesión ya consumada; caracteres éstos que se encuentran reconocidos por la doctrina y mencionados en las SSCC 1579/2004-R y 0044/2010-R, respectivamente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- “procedente”
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza, finalidad y caracteres de la acción de libertad
- a)
- III.2. De la celeridad en la tramitación de solicitudes de cesación a la detención preventiva
- III.3. Audiencia para considerar el beneficio de cesación de la detención
- III.4. Del carácter vinculante y cumplimiento obligatorio de las sentencias constitucionales
- III.5. Análisis en el caso concreto
- 3º Exhortar