Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0856/2012
Fecha: 20-Ago-2012
II.2.
II.2. Resolución Municipal 001/2012 de 10 de mayo, que resuelve conformar el Directorio del Concejo Municipal para la gestión 2012 2013 de la siguiente forma: Marina Apaza Chuquimia, Presidenta, Delia Sánchez de Maldonado Vice-presidente y Eloy Alcon Quisbert, Secretario (fs.6 a 7); fotocopia simple de la Certificación del Tribunal Electoral Departamental, donde figuran la lista de los nombres de los Concejales titulares y suplentes, de 24 de enero de 2012 (fs. 8).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- III.2. Alcance y finalidad
- III.3.Improcedencia de la acción de libertad por falta de pruebas
- pero se entiende que dicho criterio no alcanza a la obligación que tiene el acciónate de presentar la prueba necesaria que acredite su pretensión”.
- no obstante ello no implica que puede rescindirse la presentación de prueba mínima que acredite los hechos denunciados
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR