SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0856/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0856/2012

Fecha: 20-Ago-2012

III.4. Análisis del caso concreto

En el análisis de caso, se evidencia que las accionantes denunciaron que el demandado les hostigó, amenazándoles contra su integridad física, además, de señalar que supuestamente vulneraron su derecho a la vida, a la libertad de locomoción y que estarían siendo perseguidas ilegalmente; empero, no presentaron pruebas que demuestren los extremos de su acción, ya que se requiere tener certeza sobre la lesión de los derechos invocados y protegidos, precisando para ello la compulsa de los hechos denunciados con elementos probatorios mínimos que generen convicción y respalden la denuncia conforme se tiene desarrollado en el Fundamento Jurídico III.2. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.

Señalándose que dentro del expediente de la presente acción, se adjuntó documentos que acrediten que las accionadas son miembros del Concejo Municipal de Calacoto, además de adjuntar fotografías del frontis del Gobierno Municipal de dicha localidad y fotografías de las accionantes que se encontrarían privadas de su libertad o de su derecho de locomoción, menos aún de su dignidad y seguridad jurídica tal cual reclaman en la presente acción

Consiguientemente, las accionantes tenían la obligación de demostrar las afirmaciones que realizaron al demandar la acción de libertad, a objeto de que la jurisdicción constitucional cuente con la certidumbre para tutelar los derechos y garantías protegidos por esta acción, ya que el principio de informalismo no implica que puede prescindirse la presentación de prueba mínima que acredite los hechos denunciados al momento de sustanciar y resolver la acción tutelar, situación que impide ingresar al análisis de la problemática planteada, por carencia de prueba mínima que genere elementos de convicción respaldando lo denunciado, no correspondiendo otorgar la tutela solicitada por las accionantes.