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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0887/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0887/2012

    Fecha: 20-Ago-2012

    Fragmento 12

             En cuanto al recurso de apelación, la SC 1510/2011-R de 11 de octubre, señaló lo siguiente: “Conforme prevé el art. 219 del CPC, el recurso de apelación procede a favor de aquel que acuda ante el juez o tribunal superior en jerarquía, expresando el agravio sufrido a objeto de solicitar a dicha autoridad repare su situación jurídica dentro del proceso.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • Fragmento 7
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 12
    • III.2. Sobre el recurso de apelación, principios de congruencia y pertinencia
    • III.3. En cuanto al debido proceso
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • concedido
    • APROBAR

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