Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0905/2012
Fecha: 22-Ago-2012
II.2.
II.2. Mediante nota MSyD/VMSyP/1120/2011 de 5 de julio, el encargado de Categorías Médicas de la Unidad de Recursos Humanos del Ministerio de Salud y Deportes, envió al Gerente General del Seguro Social Universitario, la planilla de calificación de categoría profesional y básica, y homologación de la gestión 2009, aclarando expresamente la improcedencia de los profesionales no institucionalizados en el Seguro Social Universitario (fs. 19).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- agotado todos los mecanismos legales existentes en el ordenamiento jurídico ordinario y/o no existe otro medio legal que garantice la protección inmediata de estos derechos.
- en la vía administrativa, pues donde se deben reparar los derechos y garantías lesionados es en el mismo proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR