Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0915/2012
Fecha: 22-Ago-2012
II.2.
II.2. El Viceministro de Coca y Desarrollo Integral, mediante RA 307 de 30 de diciembre de 2009, resolvió suspender, a la accionante, por el tiempo de seis meses de sus derechos de comercialización, por haber incurrido en las infracciones contenidas en los arts. 29 incs. b) y c) en concordancia con el 31.II inc. f) del Reglamento de Circulación y Comercialización de la Hoja de Coca en su Estado Natural, siendo notificada dicha Resolución el 25 de enero de 2010, en el domicilio señalado por la accionante, o sea la Secretaría de la Dirección General de DIGCOIN (fs. 8 a 13 y 14).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.La acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- III.3.La seguridad jurídica y su configuración en la Constitución vigente
- III.4.Sobre el derecho a la defensa
- III.5.Análisis del caso concreto
- APROBAR