Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0932/2012
Fecha: 22-Ago-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En su condición de Directora Distrital de Educación de Cobija, fue miembro del Tribunal Sumariante dentro de la denuncia realizada por el Director Departamental de Educación -ahora codemandado- contra la profesora Rebeca Molina Salvatierra; el resultado del proceso sumario, determinó no haber encontrado las responsabilidades denunciadas, ante ello el referido Director ordenó instaurar un segundo proceso contra dicha profesora, cuyo resultado fue el mismo que el anterior; como resultado de éste, la Autoridad volvió a ordenar un tercer proceso, manteniéndose el primer fallo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- 3.1. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho al debido proceso
- III.3. El derecho a la defensa
- III.4. El derecho de petición
- III.5. Análisis del caso concreto