Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0939/2012
Fecha: 22-Ago-2012
II.6.
II.6. A través de carta notariada presentada el 9 de noviembre de 2009, el accionante solicita nuevamente al Alcalde Municipal de Chimoré, la firma de la Resolución Municipal Administrativa; de igual manera, se cursan las cartas notariadas de solicitud y la conminatoria dirigida al Concejo Municipal, solicitando la firma de la documental señalada; por otro lado por nota de 23 de marzo de 2009, solicitó al Presidente del Concejo Municipal, ordenar se le franquee copia fotostática legalizada de la Resolución Municipal, en el que indica que es requisito indispensable para la firma de la Resolución Administrativa, la certificación de la OTB (fs. 35, 42 y 44 a 50).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- probada” en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Ámbito de protección de la acción de cumplimiento
- III.2. Procedimiento de la acción de cumplimiento
- Exponer con precisión y claridad los hechos que sirven de fundamento
- III.3. Diferencia entre acción de amparo constitucional y acción de cumplimiento
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Sobre la modulación de los efectos
- REVOCAR