SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0953/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0953/2012

Fecha: 22-Ago-2012

II.1.

II.1.   Se evidencia la transferencia efectuada por la representante de “Inversiones Cotoca” S.A. de fracciones de terrenos ubicados en la zona Normandía, cantón Paurito, conocido como Samaria y Villa Paraíso -ex fundo Cupesí- provincia Andrés Ibáñez, del departamento de Santa Cruz a favor de algunos de los representados de la accionante, de acuerdo al siguiente detalle: 1) A Feliciano Ticona Burgoa, el lote de terreno 5, ubicado en el manzano 27, con una extensión de 360 m², inscrito en DD.RR. el 11 de agosto de 2004, bajo el folio real 7.01.2.02.0003911 (fs. 10 y 203); 2) A favor de Rosa Cruz Choquevillca, una extensión de 507,04 m², a través de minuta de transferencia de 10 de mayo de 2004 (fs. 23 a 24 y vta.); 3) A Hernán Pedro Quiroga Gutiérrez, una superficie de 458,10 m², signado como lote 31, en el manzano 29, plasmado en la minuta de transferencia de la misma fecha y 360 m², lote 6, manzano 32, de acuerdo al Testimonio de 14 de enero de 2010, inscrita esta última en el folio real 7.01.2.02.0008969 el 16 de diciembre de 2009 (fs. 31 a 32 vta. y 185 a 187 vta.); 4) A Gervacio Nina Cachaca, el inmueble con una extensión superficial de 360 m², signado como lote 6, ubicado en el manzano 34, conforme consta en los testimonios 1679/2004 de 2 de diciembre y 024/2006 de 10 de enero, inscrita el 25 de enero de 2006, bajo el folio real 7.01.2.02.0005040 (fs. 67 a 69 y 71 y vta.); 5) A Nancy Llanos de Guarachi, la extensión superficial de 1.263,18 m², de los lotes 1, 2 y 5, manzano 30, inscrito en el folio real 7.01.2.02.0003009 el 30 de mayo de 2003 (fs. 73); 6) A favor de Armando Pedraza Viveros, el terreno con una extensión superficial de 360 m², signado como lote 13, manzano 38, conforme al testimonio de 4 de diciembre de 2004, inscrito en el folio real 7.01.2.02.0004051 el 19 de noviembre del citado año (fs. 137 y 142 a 144 vta.); 7) Por folio 7.01.2.02.0004056, Asunta Bustamante Zeballos acredita ser propietaria de una extensión superficial de 360 m², signado como lote 12, ubicado en el manzano 38 (fs. 152); 8) Consta testimonio 1674/2004 por el que se acredita la transferencia de un lote de terreno de una extensión superficial de 598,40 m², a favor de Marleny Calle Aguilar y Fredi Zárate Arancibia, inscrito en el folio real 7.01.2.02.0004597, signado como lote 32, situado en el manzano 29 (fs. 245 a 247 y 249); y, 9) Por último, consta el derecho propietario de Nicolasa Calle de Mendoza y Favio Mendoza Guzmán sobre un predio de 360 m², inscrito en DD.RR bajo la partida computarizada 7.01.2.02.0005307, signado como lote 20, manzano 31 (fs. 255 a 257).