Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0962/2012
Fecha: 22-Ago-2012
III.4. Derecho a la igualdad
Con respecto al derecho a la igualdad, tenemos la SC 1824/2011-R de 7 de noviembre, que expresa: “Se debe manifestar que sobre éste, la jurisprudencia constitucional en la SC 0002/2001 de 8 de mayo, manifestó lo siguiente: '... El derecho a la igualdad consagrado en el art. 6 de la CPE, exige el mismo trato para los entes y hechos que se encuentran cobijados bajo una misma hipótesis y una distinta regulación respecto de los que presentan características desiguales, bien por las condiciones en medio de las cuales actúan, ya por las circunstancias particulares que los afectan; no prohibiendo tal principio dar un tratamiento distinto a situaciones razonablemente desiguales ...”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. Derecho al debido proceso
- III.3. Del principio de seguridad jurídica
- III.4. Derecho a la igualdad
- III.5. Derecho a la educación
- III.6. Derecho al trabajo
- III.7. Análisis del caso concreto
- APROBAR