SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0973/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0973/2012

Fecha: 22-Ago-2012

“es evidente que existe una clara intensión de perjuicio hacia mi representado que expresa el odio o resentimiento que su autoridad tiene, puesto que, las últimas providencias dictadas por su despacho, conociendo a claridad la devolución de citaciones efectuadas por la anterior abogada, en sentido de haber otorgado pase profesional a Rafael Bernardo de la Fuente, obligan a que la misma siga siendo la abogada, para procurar con ello una citación correcta en el orden procesal y forzar un mandamiento de aprehensión en su contra”

Sin embargo, se evidencia que a pesar que la anterior abogada del representado del accionante, puso en conocimiento de la Juez de la causa el PASE PROFESIONAL, que confirió ésta, en favor del representado del accionante, éste no señaló nuevo domicilio procesal, sino hasta el 22 de diciembre de 2011, en la oportunidad cuando el accionante en nombre de su representado, pretendió alejar a la Jueza que tiene a su cargo el proceso de divorcio, que por cierto, cabe recalcar que el proceso de divorcio fue instaurado por el representado de la hora accionante; señalando el ahora accionante expresamente en el memorial cursante de fs. 552 a 554 (del expediente del proceso de divorcio) “es evidente que existe una clara intensión de perjuicio hacia mi representado que expresa el odio o resentimiento que su autoridad tiene, puesto que, las últimas providencias dictadas por su despacho, conociendo a claridad la devolución de citaciones efectuadas por la anterior abogada, en sentido de haber otorgado pase profesional a Rafael Bernardo de la Fuente, obligan a que la misma siga siendo la abogada, para procurar con ello una citación correcta en el orden procesal y forzar un mandamiento de aprehensión en su contra” (sic), señalando, recién en dicho escrito “nuevo domicilio procesal”. En dicho entendido, el accionante tenía pleno conocimiento de todos los actuados y de la conminatoria de pago emitida.