Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0764/2012-CA
Fecha: 20-Sep-2012
II.4. Del incidente de inconstitucionalidad
La acción de inconstitucionalidad concreta constituye, al ser un proceso constitucional, a través del cual se somete a juicio de constitucionalidad una disposición legal confrontando sus normas con las de la Constitución Política del Estado, para poder determinar si hay contradicción en sus términos y así depurarla del ordenamiento jurídico del Estado; buscando evitar que en un proceso judicial o administrativo en cualquiera de sus instancias, se aplique en la decisión final un precepto inconstitucional.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazo
- a)
- b)
- c)
- II.2. De la acción de inconstitucionalidad concreta
- Fragmento 8
- de oficio o a instancia de una de las partes, entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad
- la remisión al Tribunal Constitucional Plurinacional se realizará a efectos de su revisión por la Comisión de Admisión”.
- II.
- II.4. Del incidente de inconstitucionalidad
- 1)
- II.5. Análisis del caso concreto