Según la SCP 0002/2012 de 13 de marzo, ha señalado:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Según la SCP 0002/2012 de 13 de marzo, ha señalado:

Fecha: 19-Sep-2012

primer

Respecto al primer presupuesto, sobre la carga probatoria del accionante, éste debe acreditar objetivamente la existencia de actos o medidas asumidas sin causa jurídica, donde el agraviado o accionante se encuentre en situación de desprotección, en el caso que nos ocupa, de los datos extraídos del expediente se tiene que el 29 de junio de 2010, dando cumplimiento al requerimiento fiscal en la inspección realizada por el investigar asignado al caso de la FELCC; en el lugar de los hechos se pudo observar que los predios fueron violentados, existiendo diferentes cabañas precarias y construcciones a medio terminar de material, se observó también un inmueble de data antigua de la cual se habría sustraído material de construcción, por lo que se concluye que la policía que evidenció la comisión de actos violentos, así se desprende del informe de fecha 30 de junio de 2010 y del muestrario de fotografías presentados por el investigador asignado al caso, conforme lo descrito en las Conclusiones II.1 y II.2, evidenciando la existencia de actos y medidas de hecho.