SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0998/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0998/2012

Fecha: 05-Sep-2012

Fragmento 34

         Este Tribunal Constitucional, mediante la SCP 0173/2012 de 14 de mayo, como postulado jurisprudencial general y para todas las acciones de amparo constitucional en cuanto a la oportunidad de presentación de pruebas, estableció el siguiente entendimiento jurisprudencial: “…lo señalado responde a criterios de favorabilidad y garantía para las partes del proceso, aplicable inclusive a los terceros interesados, éstos en virtud al derecho que tienen a ser oídos; sin embargo es necesario establecer límites en su presentación, dado que la etapa de revisión no puede constituirse en una nueva instancia, ante la cual, se pretenda regularizar la negligencia de las partes procesales que no adjuntaron la misma en la etapa de admisión ante el juez o tribunal de garantías, por lo tanto, su presentación será admisible únicamente hasta antes del sorteo del expediente, y limitada en los siguientes casos: